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despido estando de baja

Uno de los temas que nos plantean de forma recurrente en el despacho es si es posible despedir a un trabajador mientras se encuentra de baja por incapacidad permanente. O lo que es lo mismo, si me pueden despedir estando de baja.

Para contestar si me pueden despedir estando de baja, primero es necesario remitirnos a los tipos de despido que explicamos en otro post . El motivo que alegue la compañía a la hora de despedir condicionará tanto la nulidad del mismo como la procedencia o improcedencia del despido. Veamos caso por caso:

Despido colectivo estando de baja

Cuando la compañía alega razones legales (causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción) para proceder a la reducción de su plantilla en un número de trabajadores suficientes para que se considere un despido objetivo. No hay ningún motivo por el que un trabajador que se encuentra de baja en ese momento pueda formar parte del grupo de empleados a los que se extingue el contrato de trabajo. Obviamente la compañía tendrá que acreditar que los motivos del despido son las causas económicas y no la situación de incapacidad del trabajador.

Despido por causas objetivas estando de baja

Al igual que en el anterior caso, se podrá producir un despido por causas objetivas cuando el trabajador está de baja. Lógicamente es a cargo de la compañía acreditar que las causas que se alegan en el despido son justificadas para articular el despido.

Despido disciplinario estando de baja

Como explicábamos en nuestro post sobre los tipos de despido, el despido disciplinario es la mayor sanción que una empresa puede imponer a un trabajador . En todo caso es la compañía la que tiene la carga de probar cuales son las conductas llevadas a cabo por el trabajador merecedoras de dicha sanción. Dependiendo del tiempo que el trabajador lleve de baja y de las conductas que se le atribuyan más difícil será acreditar las causas del despido.

Obviamente, es casi imposible para una empresa acreditar la comisión de ninguna falta durante el tiempo de la baja (a excepción de la simulación de la propia baja). Por otra parte, hay que tener en cuenta que el mero hecho de despedir por medio de un despido disciplinario durante la baja deja a la compañía en una situación bastante débil en un procedimiento judicial. La mayoría de los jueces tienden a declarar dicho despido como improcedente.

¿Y si la empresa no alega motivo alguno?

En muchas ocasiones nos encontramos que la empresa en su carta de despido no alega ningún motivo, o la carta de despido es tan genérica que lleva a pensar que la verdadera causa del despido es la situación de incapacidad del trabajador. ¿Qué ocurre en esos casos?

La jurisprudencia del Tribunal Supremo respecto al despido en situación de Incapacidad Temporal (o baja) ha ido cambiando con el paso del tiempo. Hasta el año 2001 el Tribunal Supremo aceptaba, que el despido motivado por la incapacidad temporal suponía una discriminación por razones de salud. Dicha discriminación comportaba la nulidad del despido. Sin embargo, esta linea jurisprudencial cambió a partir de la Sentencia de 29 de enero de 2001, en la que empezó a afirmarse que a pesar de que el despido de un trabajador en situación de incapacidad temporal no es una causa lícita de extinción del contrato, tampoco es un despido discriminatorio que merezca la calificación de nulo. Por ello, razona el Tribunal Supremos, que el mismo debe ser calificado como improcedente.

Otros casos especiales a tener en cuenta.

Al margen de todo lo anterior, hay que tener en cuenta que determinados trabajadores (trabajadoras que se encuentre de baja como consecuencia de un embarazo, madres lactantes, representantes de los trabajadores…etc) gozan de una protección especial. Por ello, cualquier despido que articulado frente a ellos tiene muchas posibilidades que lo declaren nulo en un procedimiento judicial. De la misma manera, también son nulos los despidos que sean consecuencia de la discapacidad del trabajador. Además hay que tener en cuenta que el Tribunal Supremo en algunos casos ha equiparado una baja de larga duración con una discapacidad. En esos casos ha declarado nulo el despido articulado por esa razón.

Conclusiones.

Cabría decir que a la pregunta de si me pueden despedir estando de baja la respuesta es si. Nada hay que impida que una empresa despida a un trabajador mientras está en situación de baja o Incapacidad Temporal.

No obstante, nuestro ordenamiento jurídico no contempla como causa de extinción del contrato de trabajo la situación de enfermedad de un trabajador. Por ello, si dicho despido es consecuencia de la baja, se tratará de un despido ilícito. Esto es así aunque la empresa incluso alegue otras causas para despedir. De modo que el despido será declarado improcedente. Además, el despido puede incluso ser declarado nulo. Por ejemplo, si se trata de una baja de larga duración (equiparable a una discapacidad) o estamos ante un trabajador que goza de una protección especial, de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico.

Nuestro consejo siempre que se produce un despido, acudir a un abogados. Con más razón si el despido se produce dentro del periodo de baja laboral. Porque aunque si me pueden despedir estando de baja, en muchos casos el despido es declarado improcedente. Lógicamente la indemnización por despido improcedente tiene consecuencias económicas para el trabajador. A veces, cuando el trabajador lleva mucho tiempo en la empresa, la indemnización es muy importante. Usando nuestra calculadora puede calcular el importe que le corresponde por indemnización por despido.

En Madrid Abogados tenemos experiencia en todo tipo de procedimientos judiciales de despido.

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