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novedades legislativas

La reciente entrada en vigor del Real Decreto Ley 5/2019 contiene novedades muy interesantes tanto si eres empleado como si eres empleador. Estas son algunas de las novedades que introduce. Veamos alguna de las importantes novedades legislativas que introduce.

Se reduce la edad de acceso al subsidio para mayores de 55 años

Para mayores de 55 años, se modifica de forma importante el subsidio. Se genera una mayor protección a ese colectivo con importantes repercusiones también en la futura jubilación.

Reducción de la edad de acceso al subsidio, para mayores, pasa a ser de 52 años.

Ya no es necesario cumplir los 52 años en el momento de que se produzcan las condiciones para poder optar al subsidio. Se puede acceder al subsidio cuando se cumple dicha edad, con independencia que las condiciones se hubieran producido antes de tener los 52 años cumplidos.

Aumenta la cuantía de la cotización por la contingencia de jubilación durante la percepción del subsidio del 100 al 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

Se extiende la duración hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria.

También se suprime la consideración de las rentas de la unidad familiar para el acceso al subsidio y en el caso de trabajadores a tiempo parcial. Los porcentajes de percepción del subsidio se eliminan.

Se modifican las cuantías para las prestaciones familiares no contributivas

Las asignaciones económicas por hijo a cargo se actualizan hasta los 341 euros anuales y hasta 588 euros año en el caso de familias en situación de pobreza severa.

Además, se aumentan los límites de ingreso para tener derecho a la asignación económica por hijo o menor a cargo. Hasta ahora será de 12.313 euros año para el caso de familias no numerosas; de 18.532 euros año en el caso de familias numerosas, con un incremento de 3.002 euros año por cada hijo o menor a cargo a partir del cuarto hijo o menor.

Se incrementa la cuantía mínima de prestación por incapacidad permanente total para los menores de 60 años

Desde el uno de enero de 2019 la cuantía mínima de la pensión contributiva de incapacidad permanente total para menores de 60 años se sitúa en en 6.991,60 euros si el beneficiario tiene cónyuge a cargo y en 6.930 € si no lo tiene.

Bonificación para las empresas que contraten a personas desempleadas de larga duración

Las empresas que contraten empleados de larga duración, con contrato indefinido y los mantengan al menos tres años desde el inicio de la relación laboral podrán obtener las siguientes bonificaciones:

– 1.300 euros/año (108,33 euros/mes) si es hombre.

– 1.500 euros/año (125 euros/mes) si es mujer.

La bonificación se hará en la cuota empresarial a la Seguridad Social. Si el contrato se celebra a tiempo parcial las bonificaciones se disfrutarán de manera proporcional a la jornada de trabajo pactada en el contrato.

Para acceder a esta bonificación las personas contratadas deberán estar inscritas en la oficina de empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación.

paternidad

Obligatoriedad de registro de la jornada de trabajo.

Otra de las novedades legislativas muy esperada es que a partir del 12 de mayo de 2019, todas las empresas vendrán obligadas a crear los registros de entrada y salida de cada trabajador. Esta medida servirá para controlar que no se excedan las jornadas laborales máximas y para que las horas extraordinarias sean retribuidas.

Las empresas tendrán que conservar dicho registro durante cuatro años. El registro estará a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El incumplimiento de la obligación de llevar el registro será una infracción grave con una posible sanción de entre 626 € hasta 6.250 €.

No se concreta la forma de realizar dicho registro.

Apoyo de la prolongación de la vida laboral de los contratos fijos discontinuos en el sector de la hostelería mediante bonificación

Desde el día 1 de enero de 2019 hasta el día 31 de diciembre de 2019 se establece una bonificación a los contratos fijos discontinuos del sector de la hostelería y comercio vinculados a la actividad turística. Dicha bonificación es del 50% en la cuota de cotización por contingencias comunes, por desempleo, FOGASA y formación profesional durante los meses de febrero, marzo y noviembre.

Prestación de paternidad

Se aclara el Decreto-Ley 6/2019, que amplía el permiso de paternidad. Hasta el 31 de marzo la prestación de paternidad permanecerá como hasta antes de la reforma. En Madrid Abogados permanecemos pendientes a todas las novedades legislativas que se produzcan actualizándonos para prestar el mejor servicio posible.

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